Municipalidad de La Criolla - Atención al ciudadano
(0345) 490-0045 | recepcion@lacriolla.gob.ar
Comunicados 6 de agosto de 2024

Adjudicación Licitación Pública Nº 01-2024

La Criolla, 31 de julio de 2024

DECRETO Nº: 0193-2024

VISTO:

La LICITACIÓN PÚBLICA – N°001/2024 para la «ADQUISICIÓN DE UN TRACTOR 0 KM PARA INCORPORAR AL PARQUE AUTOMOTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CRIOLLA», cuyo llamado fuera dispuesto por Decreto Municipal Nº 0178/2024 de fecha 08 de julio de 2024 y;

CONSIDERANDO:

Que el D.E.M., a través del Departamento de Contrataciones y Suministros, llamo a LICITACIÓN PÚBLICA para la «ADQUISICIÓN DE UN TRACTOR 0 KM PARA INCORPORAR AL PARQUE AUTOMOTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CRIOLLA», cuyos detalles obran especificados en los Anexos I PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES y II PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del Decreto N°0178/2024 de fecha 08/07/2024.

Que el presupuesto estimado para la adquisición era de PESOS CUARENTA MILLONES CON 00/100 ($40.000.000,00).

Que el acto de apertura de sobres fue el día 24 de julio de 2024, en la Secretaría Municipal ante el escribano publico otorgante Guillermo Sebastián Larrarte quien labro el acta correspondiente, que constato que se presentaron cuatro empresas como proponentes.

Que en . año, la COMISIÓN EVALUADORA emitió su dictamen, no vinculante, que en su parte pertinente reza: “…POR ELLO: LA COMISION EVALUADORA DE LAS OFERTAS DICTAMINA ART. 1: Recomendar al Departamento Ejecutivo Municipal, por unanimidad de votos de los miembros de esta Comisión Evaluadora, ADJUDICAR la LICITACION PUBLICA Nº 001/2024 “ADQUISICIÓN DE UN TRACTOR 0 KM PARA INCORPORAR AL PARQUE AUTOMOTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CRIOLLA” a la empresa CONFALONIERI MARIO OSVALDO HUMBER C.U.I.T. 20-14104244-1, con domicilio en Avenida Alem Nº 1602 de Chajarí, Provincia de Entre Ríos, por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($34.980.000,00). ART. 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. ART. 3: De forma.”.

Que dicho dictamen se comunicó al Departamento Ejecutivo Municipal, al Departamento de Contrataciones y Suministros y a las empresas participantes de esta licitación, mediante envío de email a los correos denunciados.

Que este Departamento Ejecutivo Municipal comparte todos y cada uno de los fundamentos de la Comisión Evaluadora adjuntando con el presente copia del dictamen de la comisión Evaluadora como formando parte del mismo para evitar reiteraciones innecesaria y resumimos que dicha elección del contratante CONFALONIERI MARIO OSVALDO HUMBER es mas conveniente para los intereses municipales por el menor precio respecto de dos oferentes y por mejor relación calidad, prestaciones y precio respecto del restante contratante, todo lo que hace más beneficioso para los intereses municipales la elección recomendada por la comisión. Asimismo, compartimos que, en el examen de los aspectos formales, la empresa oferente CONFALONIERI MARIO OSVALDO HUMBER C.U.I.T. 20-14104244-10 ha cumplido con la totalidad de los requisitos formales de la Ordenanza Nº 04/2013 y del Decreto de llamado a licitación 0178/2024, conforme obra reseñada en los párrafos que anteceden en el análisis de la documentación presentada en dicha acta.

Que se incluyeron todos los instrumentos, declaraciones, garantías y requisitos exigidos en el sobre de la oferta.

Que la oferta presentada por la firma CONFALONIERI MARIO OSVALDO HUMBER cumple los requisitos de admisibilidad y es conveniente para los intereses de la Municipalidad de La Criolla.

Que en el Acta de la Comisión Evaluadora obran los dictámenes del Secretario Legal que en resumen manifiesta que la oferta presentada por la firma CONFALONIERI MARIO OSVALDO HUMBER reúne los requisitos formales de admisibilidad que exige el Decreto 0178/2024 y sus anexos, ANEXO I el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, ANEXO II Pliego de Especificaciones técnicas, así como las disposiciones referentes a este procedimiento de contratación de la Ordenanza Nº 04/2013 y su anexo de Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Por su parte el Contador Municipal dictamino que luego del análisis de la documentación presentada, así como las normas aplicables a esta licitación, no existe impedimento contable o administrativo alguno para proceder con la contratación respectiva.

Que el D.E.M. comparte el criterio de la Comisión Evaluadora y de la Asesoría Jurídica de la Licitación Pública Nº 001/2024 y entiende oportuno realizar la adjudicación a la empresa CONFALONIERI MARIO OSVALDO HUMBER por el monto de su oferta.

Que el dictado del presente se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial Nº 10.027 (Modificada por Ley Nº 10.082) de Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y la Ordenanza Municipal N°004/2013.

POR ELLO

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CRIOLLA

DECRETA

ART. 1°APRUEBASE todo lo actuado por la Comisión Evaluadora; Departamento de Contrataciones y Suministros y dictámenes correspondientes hasta la fecha de la Licitación Pública N°001/2024 para la “ADQUISICIÓN DE UN TRACTOR 0 KM PARA INCORPORAR AL PARQUE AUTOMOTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CRIOLLA”.

ART. 2° ADJUDICASE la contratación Licitación Pública N°001/2024 para la “ADQUISICIÓN DE UN TRACTOR 0 KM PARA INCORPORAR AL PARQUE AUTOMOTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CRIOLLA” a la firma CONFALONIERI MARIO OSVALDO HUMBER C.U.I.T. 20-14104244-1, con domicilio en Avenida Alem Nº 1602 de Chajarí, Provincia de Entre Ríos PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($34.980.000,00).

ART. 3° PROCEDASE a la suscripción del contrato de adquisición –COMPRAVENTA DEL BIEN- conforme las disposiciones aplicables a la misma.

ART. 4°Las erogaciones que oportunamente se efectúen se realizarán de la siguiente manera:

“El bien a adquirir se abonará su precio en forma total el día de la suscripción del contrato de compraventa contra entrega de la factura de compra y la documentación necesaria para su transferencia o a opción de la Municipalidad se abonará una seña para su reserva, que se imputará a precio de compra parcial y se abonará el remanente hasta completar el total del precio el día que esté disponible la unidad –en el plazo máximo fijado de entrega- en la concesionaria y/o empresa vendedora.

Cumplidas las condiciones contractuales, la Tesorería Municipal realizará el pago al adjudicatario/a, mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria de titularidad de la persona o empresa y conforme la cláusula de pago establecida en el contrato que forma parte del presente llamado.

La suma se abonará mediante transferencia de la cuenta bancaria del Nuevo Banco de Entre Ríos Nº 9008/4”

ART. 5º: NOTIFIQUESE del presente a todas las firmas participantes a través de la publicación en el sitio web oficial de la Municipalidad de La Criolla www.lacriolla.gob.ar y a la COMISION EVALUADORA.

ART. 6º: PASE a las áreas que correspondan para su toma de razón y cumplimiento.

ART. 7º: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Comentarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio