DERECHOS DE CEMENTERIOArtículo 32°) Por los conceptos que a continuación se indican se ingresaran los siguientes importes:
Iluminación y colocación de lapidas, nichos y panteones: $ 325,00 (pesos trescientos veinticinco).-
Inhumaciones en fosas por servicios no gratuitos: $ 400,00 (pesos cuatrocientos).-
c) Colocación de placas en homenajes y actos similares: $ 400,00 (pesos cuatrocientos).-
d) Traslado dentro del cementerio, reducción y otros servicios: $400,00 (pesos cuatrocientos).-
e) Introducción o salidas de cadáveres y restos humanos para residentes: $ 600,00 (pesos seiscientos), y para no residentes: $5500,00 (pesos cinco mil quinientos).
f) Exhumación de cadáveres por período de 5 años: $ 4000,00 (pesos cuatro mil).-
g) Mantenimiento y limpieza por año: $ 400,00 (pesos cuatrocientos).-
h) Nichos Municipales: 1- Conexión en 1ra. y 4ta. Fila: $ 1600,00 (pesos mil seiscientos) por año o $ 800,00 (pesos ochocientos) por semestre.- 2- Conexión en segunda y tercera fila: $ 2200,00 (pesos dos mil doscientos) por año o $ 1100,00 por semestre.-
i) Columbarios Municipales: la tasa de usuarios se establece en igual forma que el valor del punto anterior para nichos municipales con una reducción del 50% sobre el valor estipulado.-
j) Arrendamiento de Terrenos para construcción de nichos: por metro cuadrado $ 350 (pesos trescientos cincuenta) por un periodo mínimo de 5 (cinco) años de arrendamiento. La superficie mínima será de seis (6) metros cuadrados y la superficie máxima de dieciséis (16) metros cuadrados.-